domingo, 25 de octubre de 2009

COQUINA (DONAX TRUNCULUS)





La Dirección General de Pesca dictó una Resolución que entró en vigor con fecha 6 de Septiembre de 1996, donde se establecía un Plan de Ordenación de la Actividad Marisquera en la playa del Parque Nacional de Doñana.
Esta Resolución exponía las normas de aplicación para desarrollar esta actividad, especificando entre otras cosas lo siguiente:
Se dividía la Costa de Huelva en 3 zonas delimitadas por sectores y éstas están enclavadas entre Mazagón, Matalascañas y la Zona Marítima de Doñana.
La última de estas zonas es la más próxima a Sanlúcar y por ser la que nos interesas será a la que me referiré en concreto.
Ésta denominada “Zona Marítima de Doñana”, también conocida para los mariscadores sanluqueños como sector “And 1.11”, o sector 11, comprende desde la empalizada de acceso al Coto por Matalascañas, o Torre de la Higuera, y la Punta de Malandar.
Estos mariscadores sanluqueños, están integrados en la Asociación de Mariscadores de la Zona Marítima de Doñana, cuyo presidente, Diego Soltero Domínguez se encuentra al frente de la misma, y la integran 6 poblaciones de las provincias de Sevilla, Huelva y Cádiz, que se reparten entre ellos 160 licencias, pudiendo ejercer el marisqueo simultáneamente, y distribuidas del siguiente modo:
•Pilas (Sevilla)…………………………….……… 71 licencias.
•Sanlúcar de Barrameda (Cádiz)………………..33 “
•Almonte (Huelva)…………………………..….. 18 “
•Villamanrique de la Condesa (Sevilla)……… 15 “
•Carrión de los Céspedes (Sevilla)…………… 15 “
•Hinojos (Huelva)………………………………. 8 “
TOTAL……. 160 licencias.
Este marisqueo solamente se puede ejercer a pie, en las mareas diurnas y de Lunes a Viernes, quedando prohibido hacerlo desde embarcaciones, de noche, los sábados y domingos, así como los días festivos.
Se ha de respetar lo establecido en la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 12 de noviembre de 1984, sobre vedas y tallas mínimas de Moluscos en la Comunidad Autónoma Andaluza, no estableciéndose época de vedas, que podrá extraerse durante todo el año, siempre que se respete la talla mínima, siendo ésta de 30 mm. medido sobre el eje anteroposterior.
Este último párrafo sobre la veda, en la actualidad está regulado por una Orden de la Junta de Andalucía que la impone durante el mes de marzo o abril, según los años.
Para dedicarse a esta actividad, estas personas deben estar en posesión de un permiso (Licencia), exclusivo para el mismo, que lo otorgan los ayuntamiento de aquellas poblaciones anteriormente reseñadas, a través de la Dirección de Pesca.
Estos ayuntamientos están obligados a comunicar cada quince días a la Administración del Parque Nacional de Doñana y a la Dirección de Pesca, la relación de mariscadores que disponen de permiso para ejercer esta actividad marisquera, durante el periodo considerado, así como del número del talonario del Documento de Registro que corresponde a cada mariscador.
Estos mariscadores han de transportar su pesca bajo un Documento de Registro de moluscos bivalvos que es facilitado por la Dirección General de Pesca a los Ayuntamiento y éstos a los mariscadores mediante talonarios, junto con el permiso de autorización para ejercer el marisqueo en la playa del Parque Nacional de Doñana.
Este permiso de marisqueo ha de ser presentado a requerimiento de la Guardería del parque, de la Guardia Civil, de las autoridades de Marina y de los inspectores de la Dirección General de Pesca.
Entre las infracciones que puedan cometer estos mariscadores, y por los que se le puede retirar el permiso, está la no asistencia de al menos un 30% de los días hábiles de marisqueo dentro de un mes.
Otras de las norma a cumplir es la circulación y estacionamiento de vehículos en la zona que establece la Dirección del Parque Nacional en el artículo 35.5 de la Ley 28/38, de 28 de julio de Costas.
Amén de la época de veda, todos los años se efectúan paros como consecuencia de las toxinas de los tipos DSP y PSP que, aunque no afectan a los bivalvos, estos conllevan riesgo para la salud humana, ya que provoca molestias gastrointestinales.
Entre otras cosas se puede decir que en este trozo de costa trabajan 160 padres de familias, que extraen las coquinas con mucha fatiga y que, por otro lado, no terminan su trabajo aquí, pues después, una vez llegado a sus respectivas casas, sus esposas tiene que tirarse a la calle para pregonar las mismas por las esquinas y que a veces, se tienen que volver sin venderlas y ante el temor de ser denunciadas por venta ambulantes sin permiso de sus respectivos ayuntamientos.
Durante el año 2008, el Parque Nacional de Doñana dio 15.700 jornales, durante los 202 días hábiles de marisqueo con una media de 78 mariscadores por días de actividad de los 160 mariscadores autorizados.
Este cupo fue aprovechado por las distintas poblaciones que están autorizadas de esta manera:
•Almonte…………………….. 70% de las autorizaciones utilizadas.
•Hinojos………………………66% “
•Villamanrique……………….65% “
•Carrión………………………51% “
•Pilas………………………….42% “
•Sanlúcar…………………….. 40% “
Las época de mayor marisqueo fueron los meses de verano con las siguientes cantidades:
-Junio……………………. 96
-Julio……………………..124.
-Agosto…………………..131.
-Septiembre……………….90.
Como se ha podido comprobar, en todo este proceso la Junta de Andalucía no se moja para nada ni tiene ningún tipo de problema de índole económico, ni siquiera social ni laboral.
Estos mariscadores, una vez terminada la penosa jornada de trabajo remolcando los rastros a través del agua y enterrado en las arenas de la playa, empujándolos con sus cuerpos para extraer la preciada coquina, tiene que llegar a sus casas y emprender de nuevo la labor de salir por las calles de sus respectivos pueblos y llevarse el resto del día vendiendo la preciada mercancía, o no poderla vender, huyendo de las fuerzas de orden público bajo el temor de ser denunciados por la ilegal venda ambulantes.
Pero no son estos los únicos problemas de estos sufridos trabajadores, no, aparte de esta venta “ilegal”, todos sabemos que este marisco, ante de su venta al público, a de ser depurados. Y esto no se hace.
En los foros se han leído cosas como que hay mariscadores que extraen mucha más coquina de la que está estipulada por ley llegando a extraerse hasta 80Kg. de coquina inmaduras por días, y estos es debido a que en algunos municipios se las compran a 3 € Kg. y dentro de la talla a 4,50 o 5 € existiendo un comercio también ilegal como es la exportación de esta coquinas hacía mercados centrales como Madrid, Barcelona y, hasta Las Palmas de Gran Canarias, comercio focalizado en gran parte en la población que más licencia tiene pagando las consecuencias todos los mariscadores.
Otra de las quejas de estos mariscadores está en que en verano, una gran cantidad de veraneantes se dedican a la extracción de las mismas inundando los mercados en verano a precio irrisorio y sin contar con ningún tipo de vigilancia ni control.
Son muchas más los problemas de estos trabajadores, a los que no se tratan como trabajadores del mar, a pesar de que están obligados a pagar un sello mensual del régimen del mar, y a estar declarados como autónomos como si de un negocio particular se tratara y no de un trabajo que practican de modo individual.
Me podía extender mucho más en los detalles, pero esto podría hacerse después de un proceso de estudios más detallados, aunque la línea de trabajo hasta lograr que a estos trabajadores se les de el estatu que se merecen, podría ir encaminado sobre todo en estos puntos que reseño a continuación:
•La inclusión de biólogos por parte de la Junta de Andalucía para realizar pruebas continúas del caladero.
•Administrativos que llevara todo lo relacionado sobre documentación u otros tipos de papeleos.
•La utilización de un Centro de Expedición para el marisco.
•Una Lonja como existen en los puertos pesqueros para la venta del marisco y que para la zona Marítima de Doñana podría estar en Matalascañas con un horario acorde con las mareas.
•Un máximo de cuatro horas de trabajo por días.
•La declaración de veda en el mes de Abril y no en Marzo, esto es debido a que en el mes de Abril es cuando el marisco está ovando y por lo tanto cuando más daño se le hace.
•El exacto cumplimiento de una tara de 25 Kg. por días y mariscador.
•Un cupo máximo de 120 mariscadores repartidos entre las 6 poblaciones que existe en la actualidad y repartido de forma equitativa en relación a un estudio basado en los 10 últimos años de las autorizaciones aprovechadas.
•Incluirlos en un Convenio como tienen los trabajadores embarcados, con un sueldo fijo en el mes de veda, así como en época de prohibición del marisqueo debido a la toxina PSP o DSP.
•Estar declarado como trabajadores por cuenta ajena y no como autónomos.
•Repoblación de los caladeros por cuenta de la Junta de Andalucía.
•La obligación de llevar a la lonja todo el producto extraído, bajo pena de una sanción si se llegara a demostrar que algunos han vendido parte de su carga a personas ajenas de los compradores en Lonja.
Todo esto, habría que consensuarlo entre las 6 poblaciones interesadas y la Junta de Andalucía, obligando a ésta última a llevar un control de toda la costa onubense en evitación de furtivos desde el mar o desde tierra por personas ajenas a estos profesionales.
Se pueden debatir muchos otros puntos para llegar a constituirse como empresa de trabajadores cuyo patrón y protector fuera la propia Junta de Andalucía que, incluso sería la que se viera obligada a comprar esta mercancía, si no se vende en Lonja a un precio acorde a la calidad y época del año.
ver pdf: http://www.scribd.com/doc/21603913

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